• 18.02.2025
    Futbol
    IMPORTANTES NOVEDADES DISCIPLINARIAS
Mediante su página oficial, AFA publció el siguiente recordatorio con novedades que sirgen del nuevo Código Disciplinario:
Atento la aprobación por parte de la Asamblea General celebrada el 17.10.2024 del texto del nuevo Código Disciplinario con vigencia a partir del 01.01.2025 y con el objeto de su implementación y aplicación uniforme a todas las Disciplinas y Categorías, es que se resaltan las siguientes disposiciones del citado Código Disciplinario:
Art. 1 - Ámbito de aplicación material. 1. El presente Código se aplica a todos los partidos y competiciones organizados por la AFA. …
Art. 13 - Conducta incorrecta de los jugadores y los oficiales.
1. Los jugadores y los oficiales serán suspendidos conforme se especifica a continuación, y se les podrán imponer las multas correspondientes: … m. al menos un partido de suspensión al jugador que acumule en la temporada cinco amonestaciones, al menos dos partidos de suspensión al jugador que en la temporada haya acumulado 10 amonestaciones y al menos tres partidos de suspensión al jugador que haya acumulado 15 amonestaciones …
3. Cuando la suspensión sea por partidos, sólo se computarán a efectos de la ejecución de la suspensión los partidos efectivamente disputados por el equipo correspondiente. El jugador debe cumplir en la división que ha sido suspendido y no podrá disputar ningún partido en otra división hasta tanto no cumpla la sanción aplicada. No será necesario que el jugador conste en la convocatoria del partido o competición respectivos para que se considere cumplida la suspensión por partidos. …
Art. 24 - Reincidencia. La reincidencia debe considerarse agravante de la infracción y salvo los casos expresamente consignados, el Tribunal de Disciplina deberá aumentar la pena en la siguiente forma: 1. Si se trata de partidos: a. Al reincidente se le aplicará un partido más al total de la pena impuesta. b. A la segunda reincidencia, se le aplicará de dos a tres partidos más al total de la pena impuesta. c. Al reincidente habitul, se le aplicará de tres a seis partidos más al total de la pena impuesta.